Permite regularizar la situación del poseedor de un bien raíz, sitio o terreno que ocupa sin cumplir con los requisitos legales. A través de este trámite y, si corresponde, a la persona se le reconoce la calidad de poseedor regular para adquirir el dominio del inmueble, una vez inscrito el título de dominio en el Conservador de Bienes Raíces.
Este procedimiento se aplica en forma excepcional cuando la regularización resulta difícil o muy costosa de obtener, y busca resolver situaciones históricas de posesión irregular de terrenos particulares, permitiendo a las personas tener un título de dominio.
Quienes regularicen su propiedad y obtengan su título de dominio tendrán todos los beneficios que implica ser dueño de un bien inmueble, como incremento del valor comercial de la vivienda, posibilidad de arrendar y vender ajustado a derecho (seguridad jurídica), posibilidad de acceso a créditos estatales o bancarios, indemnización en caso de expropiación, posibilidad de dejar a herederos el bien raíz en caso de fallecimiento y acceso a diversos beneficios sociales entregados por el Estado (pavimentación de calles, casetas sanitarias y subsidios habitacionales, de agua potable y alcantarillado, entre otros).
¿A quién va dirigido?
Personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que cumplan (por un período mínimo de cinco años) con los requisitos de posesión material, continua y exclusiva de una propiedad. Es decir, que no exista discusión sobre el dominio o posesión del inmueble.
Requisitos:
- Ser poseedor material de un inmueble particular cuyo avalúo fiscal sea igual o inferior a 380 UTM si es urbano y 800 UTM si es rural.
- Acreditar la posesión material tranquila, continua, no interrumpida y exclusiva del inmueble por a lo menos cinco años.
- No tener un título de dominio inscrito o tener uno imperfecto (compraventa informal, cesión de derechos, promesa de venta no cumplida, herencia con antecedentes remotos, donación verbal, compra de acciones o derechos).
- No tener algún juicio pendiente en que se discuta el dominio o posesión del inmueble que haya iniciado con anterioridad a la fecha de la presentación de la solicitud.
- El bien raíz debe tener límites claros, de cualquier clase, sean naturales o artificiales, los cuales deben ser aceptados por los vecinos.
- Haber ejecutado acciones positivas en el inmueble: arreglos o mejoras en el terreno, instalación de servicios, corte de maderas, plantaciones, sementeras y otros similares.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Documentos obligatorios:
- Formulario de regularización de título de dominio.
- Declaración jurada que describa cómo se originó la posesión material de la propiedad.
- Declaración jurada vecinos o colindantes que certifiquen al beneficiario como poseedor del inmueble.
- Croquis de ubicación de la propiedad.
- Certificado de informaciones previas, emitido por la municipalidad respectiva.
- Certificado de litigios, emitido por el Conservador de Bienes Raíces del lugar donde se ubica el inmueble.
- Poder o mandato, si el trámite es realizado por un tercero (se debe adjuntar también fotocopia de la cédula de identidad vigente por ambos lados del representante).
Documentos necesarios:
- Certificado de inscripción de la propiedad, emitido por el Conservador de Bienes Raíces del lugar donde se ubica el inmueble.
- Certificado de residencia.
- Certificado de avalúo fiscal con indicación de superficie (en caso de no ser posible, acompañar certificado de avalúo fiscal simple).
- Copia de cédula de identidad del solicitante, por ambos lados.
- Certificado del número, otorgado por la municipalidad correspondiente, en caso de que el inmueble sea urbano.
- Documentos, ya sean copias u originales, que permitan acreditar el origen de la posesión (compraventa, cesión de derechos, donación, testamento u otro).
- Documentos que acrediten la posesión material de la propiedad en forma personal o a través de otra persona, por más de cinco años.
- Resolución emitida por el Servicio de Vivienda y Urbanismo (SERVIU) o municipio respectivo que autorice la regularización, en los casos en que la propiedad a regularizar sea de propiedad de dichas entidades.
Documentos adicionales:
- Certificado de nacimiento, matrimonio o defunción (en los casos que corresponda).
- Certificado de hipotecas y gravámenes, interdicciones y prohibiciones, emitido por el Conservador de Bienes Raíces del lugar donde se ubica el inmueble.
- Reconocimiento de posesión de otros copropietarios o coherederos en el caso de corresponder.
- Certificado de riesgos, emitido por la municipalidad respectiva.
- Certificado de no expropiación, emitido por la municipalidad respectiva.
- Certificado de ruralidad, emitido por la municipalidad respectiva.
- Cualquier otro antecedente que sirva para probar la posesión material por más de cinco años, como comprobantes de pago de las contribuciones y/o servicios básicos (agua, luz y/o gas) de los últimos cinco años; antecedentes que acrediten la ejecución de mejoras, arreglos o inversiones en la propiedad (fotografías, boletas, facturas, entre otros).
¿Dónde hago el tramite?
En dependencias de la Municipalidad, oficina de Secplan, los días lunes, jueves y viernes desde las 8:30 a 13:00 horas.
Contamos con un equipo de profesionales que estarán para apoyarlo, orientarlo en la conformación de su carpeta.
- Abogado
- Trabajadora social
- Ingeniero constructor
Además, contamos con un número para poder comunicarnos WharsApp +56 9 3666 1900
Este equipo se encuentra trabajando desde marzo 2024 y tiene una duración de 12 meses a partir de la fecha de implementación.
Asesoría legal y técnica es gratuita.